Reconocerá intereses mensualmente al capital acumulado, los cuales se abonaran al cierre de cada mes de los ahorros programados junto con el capital ahorrado, esta tasa de interés es equivalente al 2.5% E.A.
TERMINACIÓN ANTICIPADA: En caso de que el asociado tenga la imperiosa necesidad de dar por terminado el contrato de ahorro antes del plazo inicialmente pactado, se cancelará solo el 50% de los intereses causados y deberá solicitarlo por escrito con cinco (5) días de anticipación, para que FECECOM liquide los intereses causados hasta la fecha de solicitud de devolución.
RENOVACION AUTOMATICA: El contrato de ahorro programado puede ser renovado automáticamente por las partes a su vencimiento, por un periodo igual al inicialmente pactado, hasta por Dos (2 ) veces, para ello solo bastará que el asociado manifieste por escrito a FEUNICENTRO con una anticipación no menor a cinco (5) días a la fecha de vencimiento, su voluntad de renovarlo.
CARTA CIRCULAR 64 DE 2018 (Octubre 09)
Referencia: Divulgación de los montos reajustados de los beneficios de Inembargabilidad y exención de juicio de sucesión para la entrega de dineros.
1. El de Inembargabilidad de las sumas depositadas en la sección de ahorros y en depósitos electrónicos a los que se refiere el artículo 2.1.15.1.1. Del Decreto 2555 de 2010, hasta treinta y seis millones cincuenta mil ochenta y cinco pesos ($36.050.085) moneda corriente. 2. El de las sumas depositadas en: depósitos electrónicos, en la sección de ahorros, en cuentas corrientes, en cualquier otro depósito y en dineros representados en certificados de depósito a término y en cheques de gerencia, las cuales podrán entregarse directamente al cónyuge sobreviviente, compañero o compañera permanente, herederos o a uno u otros conjuntamente, sin necesidad de juicio de sucesión, hasta sesenta millones ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos ($60.083.469) moneda corriente. Los límites señalados rigen del 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019.